Legislación de las casas prefabricadas

Legislación de las casas prefabricadas

¿Habías pensado mudarte a un lugar lejos del bullicio de las ciudades? ¿Estás pensando en comprar una casa prefabricada como segunda vivienda para pasar los fines de semana? Como comentamos en el artículo El sector de las casas modulares en España, la demanda de este tipo de habitáculos continúa creciendo, pero sin embargo muchas personas aún desconocen los trámites, gestiones, legislación de las casas prefabricadas para lanzarse a adquirir una. ¿Qué licencias necesito? ¿Dónde tengo que tramitar los permisos? ¿Puedo asentarla en cualquier lugar?

En España actualmente no tenemos una regulación concreta sobre obligaciones, impuestos o permisos de casas modulares, serán las características de alojamiento de la edificación las que establezcan la normativa. De esta forma, el Código Civil discierne entre bienes muebles (bienes que se pueden trasladar sin alterar sus condiciones originales) y bienes inmuebles (propiedades que no pueden ser transportadas de su ubicación inicial)

En este sentido, si deseas instalar una casa prefabricada con cimientos y suministros estaremos hablando de un bien inmueble. Como resultado, serán necesarias licencias para construir, para fijarla en la base urbanizable y para realizar las labores de obra. Todo ello ha de estar firmado y supervisado por un arquitecto. No obstante, existen casos que esto lo proporciona el fabricante mientras no se varíe su proposición inicial.

Por otro lado, si lo que buscas es una casa prefabricada móvil, no será necesario tanto trámite. Esto se contextualiza en que trata de un bien mueble según la definición del artículo 334 del Código Civil.

Legislación de las casas prefabricadas: Acerca del terreno

En primer lugar, para cumplir con la legislación de las casas prefabricadas, la parcela ha de ser urbanizable. Sin embargo, en áreas rústicas la sentencia reside en la Comunidad Autónoma correspondiente. Es necesario destacar que cada Comunidad cuenta con diferentes normativas y estándares que será necesario consultar.

Los municipios tienen su propio Plan General de Ordenación Urbana y leyes que califican el terreno y organizan sus condiciones residenciales. Por ello, es menester hacer las gestiones en el ayuntamiento pertinente, donde técnicos pondrán a tu disposición las características del suelo, metros construibles, límites de alturas, zonas colindantes, etc. También es conveniente efectuar un estudio geotécnico para evaluar las competencias y capacidades del terreno.

Legislación de las casas prefabricadas: Los impuestos

Como ya hemos comentado antes, las casas móviles son bienes muebles y los trámites son menores. Sin embargo, es imprescindible documentación acerca del emplazamiento y situación, la autorización urbanística, etc.

En cuanto a los bienes inmuebles, será ineludible contar con el permiso urbanístico junto con la exposición del proyecto, impuestos sobre edificaciones, obras y montajes. Una vez la casa prefabricada esté preparada, deberemos normalizar su uso mediante la solicitud del documento de habitabilidad. En éste se legitima todo lo expuesto anteriormente. Se podrá requerir una hipoteca salvo excepciones; si está edificada en suelo rústico, es móvil, no se registra de forma adecuada en el Registro de la Propiedad, aunque se podrá pedir una financiación personal.

Si quieres saber cómo escoger también el material de tu casa prefabricada visita TIPOS DE CASAS PREFABRICADAS

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